COBERTURAS
Contamos con una amplia variedad de coberturas
CAUCIÓN

Nos especializamos en la emisión de garantías contractuales para contratos de obra, suministro o servicio, ya sean del sector público como el privado.
Dependiendo del tipo de contrato y el objeto a ser garantizado ofrecemos pólizas específicas, con variantes en cuanto a los tipos de cobertura, su alcance y condiciones, como el Mantenimiento de Oferta, Cumplimiento de Contrato, Anticipos Financieros, Sustitución de Fondos de Reparo y otros.
Acompañamos a nuestros clientes en el crecimiento de la obra pública, la cual ha estado en auge en los últimos años. En este sector se requieren que en sus pliegos y contratos la constitución de diferentes tipos de garantías según la etapa del proceso de contratación. Contratistas de obra y proveedores de suministros o servicios se convierten en Tomadores de pólizas de caución para garantizar sus obligaciones frente a la administración pública.
- Mantenimiento de Oferta: ampara la obligación de mantener la oferta presentada y de firmar el contrato en caso de resultar adjudicado.
- Cumplimiento de Contrato: garantiza el cumplimiento del contrato en tiempo y forma. Comúnmente, el valor es de entre el 5% y 15% del contrato garantizado.
- Anticipos Financieros o por Acopios: cubre la aplicación del dinero recibido al efectivo cumplimiento de los trabajos contratados.
- Sustitución de Fondos de Reparo: respalda la obligación del contratista de subsanar las deficiencias por vicios ocultos, sustituyendo la retención líquida prevista en el contrato. Se libera al cumplirse el periodo de garantía del contrato
- Tenencia de Bienes o Materiales: cubre la devolución al Asegurado de bienes o materiales que han sido entregados para uso o incorporación a la obra. La garantía es por el valor de dichos bienes o materiales.
- Avance de Fabricación en Taller: garantiza el dinero recibido por el Tomador durante la fabricación de un bien y previo a su entrega.
La estabilidad del país permite un desarrollo sostenido en las inversiones del sector privado. Continuamos acompañamos a nuestros clientes en todas las oportunidades de contrataciones entre privados. En este sector ofrecemos alternativas en todas las etapas para aquellos clientes que quieran invertir en infraestructura, ampliaciones de plantas industriales, provisiones y montajes de equipos, servicios de consultoría, entre otros.
- Mantenimiento de Oferta: obligación del Tomador de mantener la oferta y de firmar el contrato en caso de resultar adjudicado.
- Cumplimiento de Contrato: garantiza el cumplimiento del contrato en tiempo y forma.
- Anticipos Financieros o por Acopios: aplicación del dinero recibido al efectivo cumplimiento de los trabajos contratados.
- Sustitución de Fondos de Reparo: respalda la obligación del contratista de subsanar las deficiencias por vicios ocultos.
- Tenencia de Bienes o Materiales: cubre la devolución al Asegurado de bienes o materiales que han sido entregados para uso, reparación o incorporación a la obra.

BARSBUSS RISK Seguros ofrece a Productores y Clientes, Importadores, Exportadores y Despachantes de Aduana distintos tipos de coberturas innovadoras requeridas por las autoridades Aduaneras, destinadas a garantizar aquellas obligaciones que surjan en la exportación e importación de mercaderías.
Los productos más frecuentes que ofrecemos en este tipo de garantía Aduanera, se encuadran dentro d ellos siguientes:
- Admisión temporaria: cubre el ingreso de mercaderías al país que tienen una resolución pendiente que las releve del pago de los tributos que pudieran corresponder. La Dirección Nacional de Aduanas solicita la garantía para asegurarse el cobro de los tributos y sanciones en caso de infracción. Falta de Documentación: permite al importador el retiro de la mercadería sin demoras, garantizando la posterior presentación de la documentación de embarque.
- Diferencias arancelarias: utilizable cuando se presentan controversias sobre las tasas o derechos aplicables a la importación de que se trate.
- Tránsito terrestre para whisky y cigarrillos: el Declarante deberá constituir una garantía a favor de la Dirección Nacional de Aduanas para el tránsito interno de whisky y cigarrillos entre distintos depósitos fiscales, free shops o zonas francas. El objetivo de esta cobertura es garantizar el cobro de los tributos y sanciones en caso de infracción.
- Depósitos fiscales particulares: son solicitadas por la Dirección Nacional de Aduanas para otorgar la habilitación a los depósitos en administración privada donde se almacenan mercaderías en tránsito. La garantía queda afectada el pago de los tributos y sanciones que puedan derivarse del incumplimiento de las normas aduaneras.
- Habilitación de depósito aduanero: son solicitadas por la Dirección Nacional de Aduanas para la habilitación de depósitos aduaneros particulares y sirven para el eventual pago de los tributos y sanciones que pueden derivarse del incumplimiento de las normas aduaneras.
- Servicios portuarios: respalda las obligaciones contraídas en la habilitación de Empresas Prestadoras de Servicios Portuarios, quienes deben presentar una garantía a favor de la Administración Portuaria por el ejercicio de su actividad y su responsabilidad patrimonial y laboral para con la mano de obra portuaria.

Para garantizar el cumplimiento de obligaciones que surgen tanto de la parte actora como la parte demandada en el cumplimiento de un proceso judicial o de índole administrativa.
Este tipo de cobertura en los últimos años ha tomado impulso y tiene altas perspectivas de crecimiento, dado los beneficios que genera para el tomador durante el proceso litigioso.
A manera enunciativa y con la posibilidad de explorar nuevas alternativas, a continuación, detallamos tipos de coberturas que hemos emitido recientemente.
- Embargo preventivo
- Secuestro de mercaderías
- Sustitución de pago previo
- Administración y/o intervención judicial
- Inhibición de disponer o gravar bienes
- Anotación de la litis
- Prohibición de innovar y de contratar
- Sustitución de arraigo.

Contamos con soluciones para las aquellas actividades profesionales que requieran algún tipo de garantía en el cumplimiento de sus obligaciones registrables.
TRANSPORTE DE FRUTAS Y PERECEDEROS

TRANSPORTE DE MERCADERÍAS
En BARBUSS RISK nos especializamos en el seguro de transporte de frutas y perecederos, ofreciendo soluciones innovadoras y amplias que se ajustan a las necesidades para el transporte de este tipo de mercadería.
Basándonos en el desarrollo tecnológico a fin de aplicar inteligencia artificial en la resolución de siniestros, generando informes automatizados que nos ayudará a resolver el pago de indemnizaciones en días.
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MARINE CARGO
At BARBUSS RISK we specialize in the cargo insurance of fruits and perishables, offering innovative and comprehensive solutions that meet the needs for the transport of this type of shipments.
Based on the development of technology to apply the use of artificial intelligence for claims resolutions which will generate automated reports and help us to solve settlements in days.
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COBERTURAS
- Todo Riesgo bajo el Clausurado del Instituto para Cargamentos (A), Choque, vuelco, desbarrancamiento, y/o descarrilamiento del vehículo transportador, derrumbe, caída de árboles o postes, incendio, explosión, rayo, huracán, ciclón, tornado, inundación, aluvión o alud, avería gruesa, varadura, encalladura, hundimiento o zozobra del buque o embarcación, echazón o barrido por las olas (aplican exclusiones).
- Alimentos Refrigerados Congelados según la cláusula extensiva del Instituto de Londres para Alimentos Congelados/Refrigerados, brindando cobertura para pérdida, deterioro o daño del interés asegurado que pudiera sufrir la carga (aplican exclusiones).
- Alimentos Refrigerados Congelados según la cláusula (A) del Instituto para Alimentos Congelados/Refrigerados – 24 horas de descompostura, cubriendo todos los riesgos de pérdida de o daño al interés asegurado que no sean pérdida o daño resultante de cualquier variación de la temperatura en cualquier forma causada, pérdida de o daño al interés asegurado resultante de cualquier variación de la temperatura atribuida a la descompostura de la maquinaria refrigerante resultante en su paralización por un periodo no menor de 24 horas consecutivas, fuego o explosión, que se encalle, vare, hunda o zozobre el buque o embarcación, volcamiento o descarrilamiento del medio de transporte terrestre, colisión o contacto del buque, embarcación o medio de transporte con cualquier sustancia externa excepto agua, descarga del cargamento en un puerto de arribada forzosa (aplican exclusiones)
- Cobertura Adicional de Demora, ampliando a cubrir pérdida, daño causado por demora, siempre y cuando dicha demora sea causada por un riesgo asegurado.
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COVERAGES
- All Risks under the Institute for Cargoes (A), collision, overturning and/or derailment of the transporting vehicle, collapse, fall of trees or posts, fire, explosion, lightning, hurricane, cyclone, tornado, flood, general average, grounding, stranding, sinking or capsizing of the ship or vessel, jettison or sweep by waves (exclusions apply).
- Frozen refrigerated food under the London Institute clause Frozen/Refrigerated Food extensive clause, providing cover for loss, deterioration or damage of insured interest which may arise from the charge (exclusions apply).
- Frozen Refrigerated Foods under clause (A) of the Institute for Frozen/Refrigerated Foods – 24 hours breakdown, covering all risks of loss of or damage to the subject matter insured, other than loss or damage resulting from any variation in temperature howsoever caused, loss of or damage to the insured interest resulting from any variation in temperature attributed to the breakdown of the refrigerating machinery resulting in its stoppage for a period of not less than 24 consecutive hours, fire or explosion, vessel being stranded grounded sunk or capsize, overturning or derailment of land conveyance, collision or contact of the vessel craft, vessel with any external substance except water, unloading of cargo in a port of forced arrival (exclusions apply).
- Additional coverage for delay, extending to loss or damage caused by delay, as long as said delay is caused by an insured risk.
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DENUNCIA DE SINIESTRO
¿Qué hacer ante un siniestro?
Dar aviso a BARBUSS RISK Seguros (Uruguay) S.A. dentro de los tres días corridos desde que se toma conocimiento del hecho y enviar a claims@barbuss.com, el formulario de denuncia completo (descargar aquí).
Preservar los derechos de recupero de BARBUSS RISK:
- Dejar asentado la presunción de daño observado, en la documentación emitida por el transportista y/o depositarios, antes de retirar o al recibir en depósito final la mercadería.
- Proceder con la presentación de la Carta de protesto a todos los eventuales responsables del daño, (marítimos/aéreo/terrestre – descargar aquí) citándolos a una inspección conjunta cuando sea posible, según las circunstancias del caso.
No retirar la mercadería de las terminales portuarias o depósitos fiscales sin obtener la inspección conjunta con los transportistas o depositarios:
- Marítimo: Si el contenedor se observa con daños visibles a la descarga del buque o falta de precinto o cualquier otra presunción de daño, debe presentarse la carta protesto inmediatamente e inspeccionar con las partes previo a retirarse el embarque de la Terminal Portuaria.
Si el daño es observado durante el desconsolidado en recinto fiscal o deposito intermedio, se debe verificar la carga conjuntamente con las partes previo a ser retirada.
En caso de que el desconsolidado se realice en depositó final, se deberá observar el remito/carta de porte del transportista y citar a las partes inmediatamente a una inspección.
- Aéreo: la carta protesto debe ser presentada dentro de los siete días corridos desde que la carga es puesta a disposición del consignatario. Se debe solicitar y realizar inspección conjunta antes de retirar el embarque.
- Terrestre: si las averías son visibles, se deben hacer las observaciones en el documento de transporte (CRT/Carta de Porte/Remito); en caso de no ser visibles los daños, el plazo para presentar la carta protesto en general es de 24hs. desde que se hizo entrega de la carga.
Nota: La falta de cumplimiento en resguardar los derechos de BARBUSS RISK Seguros (Uruguay) S.A. puede perjudicar vuestros derechos a la indemnización que pudiere corresponder, bajo las cláusulas y condiciones de la póliza contratada. El asegurado, consignatario, despachante o cualquier tercero que intervenga en representación del poseedor del interés asegurable deber cumplir con lo antes indicado.
CLAIM ADVICE
What to do in case of receiving damaged cargo?
Give notice to BARBUSS RISK Seguros (Uruguay) S.A. within three calendar days from the knowledge of the fact and send to claims@barbuss.com the complete claim advice form (download here).
Preserve BARBUSS RISK Recovery Rights:
- Proceed to remark in the documentation issued by the carrier and/or warehouse all the presumption of damaged noticed upon arrival in the cargo.
- Proceed to present the Letter of Protest to all those possible responsible for the damage, (maritime/air/land Carriers – download here) requesting them a joint inspection when possible, depending on the circumstances of the case.
Do not remove the merchandise from the port terminals or fiscal warehouses without obtaining the joint inspection with the carriers or warehouse owners:
- Vessel: If the container is observed with visible damage upon unloading from the ship or lack of seal or any other presumption of damage, the protest letter must be presented immediately and cargo inspected with the parties prior to removing the shipment from the Port Terminal.
If the damage is observed during the unstuffing in the Custom area or intermediate warehouse, the cargo must be verified jointly with the parties prior to being removed from the Customs premises.
In the event that the unstuffing is carried out in final warehouse, the delivery note/waybill of the carrier must be remarked and the parties must be summoned immediately to an inspection.
- Air: the protest letter must be submitted within seven calendar days from the time the cargo is made available to the consignee. A joint inspection must be requested and performed before removing or clearing from customs the shipment.
- Inland: if the damages are visible, the remarks must be made in the transport documents (International Cargo Manifest/Delivery Note). In case the damages are not visible, the term to present the protest letter is generally 24 hours since the cargo was received.
Note: The lack of compliance in safeguarding the rights of BARBUSS RISK Seguros (Uruguay) S.A., it may harm your rights to compensation that may correspond, under the clauses and conditions of the contracted policy. The insured, consignee, custombroker or any third party that intervenes on behalf of the holder of the insurable interest must comply with the aforementioned.